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Condiciones generales de venta y condiciones de compra y suministro

Datos importantes

Condiciones generales de venta y condiciones de compra y suministro

Condiciones generales de venta y condiciones de compra y suministro

1. Disposiciones generales: Ámbito de aplicación
(1) Nuestras condiciones de venta se aplicarán de manera exclusiva. No reconoceremos condiciones de venta del cliente contrarias a las nuestras o que difieran de estas, a no ser que hayamos acordado expresamente su validez por escrito. Nuestras condiciones de venta tendrán asimismo validez cuando realicemos la entrega al cliente sin reservas, aun sabiendo que este tiene condiciones de venta contrarias a las nuestras o que difieren de estas. Las disposiciones posteriores del comprador que modifiquen el contrato también serán rechazadas. Únicamente consideraremos estas modificaciones con efecto cuando manifestemos nuestra aprobación por escrito.
(2) Todos los acuerdos celebrados entre nosotros y el cliente se establecerán por escrito en nuestra confirmación del pedido y en las presentes condiciones de venta.
(3) Nuestras condiciones de venta se aplican únicamente a empresas conforme al artículo 310, apartado 1 del BGB (Código Civil alemán). Si el cliente es un consumidor, como se indica en el artículo 13 del BGB, deberá notificárnoslo por escrito


2. Oferta: Objeto del contrato
(1) Si el pedido puede considerarse como oferta según el artículo 145 del BGB, podremos aceptarlo en un plazo de 2 semanas tras la recepción.
(2) Nuestros productos deberán usarse exclusivamente para los fines estipulados en nuestras especificaciones del producto, certificados de análisis y hojas de datos de seguridad. Las especificaciones del producto, certificados de análisis y hojas de datos de seguridad se enviarán al cliente en el momento de la entrega del producto, periódicamente o según petición específica del cliente. Las variaciones requieren confirmación expresa por nuestra parte.
(3) Hacemos afirmaciones sobre la tecnología de aplicación de los productos, a nuestro leal saber y entender, basándonos en nuestro trabajo de investigación y experiencia. La información sobre la idoneidad y el uso de los productos no es vinculante, a menos que las partes acuerden expresamente lo contrario por escrito. Esta información no exime al cliente de efectuar sus propias comprobaciones e investigaciones. El cliente es responsable del cumplimiento de las prescripciones legales y de las autoridades al utilizar los productos.

(4) Toda la información y afirmaciones relacionadas con nuestros productos u ofertas sirven exclusivamente para la descripción de los productos y no representan especificaciones de las propiedades ni declaraciones de garantía.


3. Precio: Condiciones de pago
(1) A menos que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, nuestros precios se aplicarán «ex works» (Incoterms 2010), sin incluir el embalaje. Este se facturará por separado.
(2) El impuesto sobre el valor añadido no está incluido en nuestros precios. Se indicará por separado en la factura con el importe legalmente establecido el día de la facturación.
(3) La deducción del descuento por pronto pago requiere un acuerdo determinado por escrito. La fecha del valor en nuestra cuenta bancaria será determinante para el pago puntual del cliente.
(4) Los pagos deberán realizarse por transferencia bancaria. No aceptamos pagos mediante letra de cambio o cheque.
(5) Si el cliente no cumple con sus obligaciones de pago de acuerdo con el contrato, tendremos derecho a suspender cualquier entrega posterior, incluso de otros pedidos. Nuestros derechos legales por demora no se verán afectados por lo anterior.
(6) El cliente solo tendrá derecho a compensación si sus pretensiones contrarias gozan de firmeza jurídica, son indubitadas o si nosotros las aceptamos. Además, podrá ejercer un derecho de retención en la medida en que su contrademanda se fundamente en la misma relación contractual. En caso de reclamaciones por defectos, el cliente solo podrá retener los pagos en una proporción razonable a los defectos materiales que se hayan producido. El cliente solo podrá retener los pagos si se confirma una reclamación por defecto de cuya justificación no se pueda dudar objetivamente. Si la reclamación por defectos es injustificada, tendremos derecho a solicitar al cliente el abono de los gastos en los que hayamos incurrido por este motivo.


4. Plazo de entrega
(1) El inicio de los plazos de entrega especificados por nosotros y el cumplimiento de nuestra obligación de entrega presupone el cumplimiento puntual y debido de las obligaciones de colaboración que incumben al cliente; de lo contrario, los plazos se ampliarán de forma consecuente. Queda reservada la excepción por incumplimiento de contrato.
(2) Tenemos derecho a efectuar entregas parciales.
(3) Si el cliente incurre en demora de aceptación o infringe de forma culposa otras obligaciones de colaboración, tendremos derecho a exigir una indemnización por los daños así originados, incluidos los gastos adicionales. Quedan reservados otros derechos.
(4) Si se reúnen las condiciones del punto (3), el riesgo de pérdida o deterioro accidentales del artículo adquirido pasará al cliente en el momento en que este incurra en demora de aceptación o de los pagos.
(5) Asumimos la responsabilidad según las disposiciones legales si el contrato de compraventa es una transacción a plazo fijo según el artículo 286, apartado 2, inciso 4, del BGB (Código Civil alemán) o el artículo 376 del HGB (Código de Comercio alemán). También asumimos la responsabilidad según las disposiciones legales, si el cliente tiene derecho a reclamar que no tiene interés en continuar con la ejecución del contrato como consecuencia de una demora en la entrega del que seamos responsables.
(6) Además, asumimos la responsabilidad según las disposiciones legales si la demora en la entrega se debe a un incumplimiento del contrato doloso o por negligencia grave del que seamos responsables. Somos responsables de cualquier falta por parte de nuestros representantes o agentes. Si la demora en la entrega no se debe a un incumplimiento doloso del contrato por nuestra parte, nuestra responsabilidad de indemnización por daños se limita al daño previsible y típico originado.
(7) También asumimos la responsabilidad según las disposiciones legales, si el retraso en la entrega del que somos responsables se debe a una infracción culposa de un derecho contractual esencial; en este caso, la responsabilidad de indemnización por daños se limita al daño previsible y típico originado.
(8) Además, en caso de demora en la entrega, asumimos la responsabilidad por cada semana de retraso con una compensación global del 3 % del valor de entrega, pero que como máximo será del 15 % del valor de la entrega parcial que se ha efectuado con retraso.
(9) La falta de materias primas o energía, las huelgas, cierres patronales, las perturbaciones en el tráfico y los decretos oficiales, así como los retrasos en la entrega de los proveedores, las interrupciones de funcionamiento, p. ej., una carencia excepcional de mano de obra por accidentes o epidemias, fallos imprevisibles de las máquinas, escasez de material a posteriori, restricciones de importación y exportación, todos los casos de fuerza mayor, p. ej., movilizaciones, guerra, disturbios, las prohibiciones de importación debidas a decisiones de embargo y otras circunstancias de las que el vendedor o las empresas que trabajan para este no sean responsables nos exime de la obligación de realizar la entrega mientras duren estas circunstancias en la medida en que limiten nuestra capacidad para ello. En los casos anteriores, los plazos y fechas de entrega se ampliarán según la duración de las circunstancias adversas, como máximo 4 meses. Una vez transcurridos los 4 meses, el comprador tiene derecho a rescindir el contrato sin perjuicio de otros derechos legales de rescisión. Los pagos ya realizados serán reembolsados.
(10) Salvo que se estipule otra cosa con respecto a lo anterior, nuestra responsabilidad está excluida.


5. Entrega de mercancía: Transmisión del riesgo
(1) La entrega mercancía debe realizarse de tal manera que el comprador la reciba en nuestras instalaciones tan pronto como le hayamos notificado que está lista para su recogida o, si se ha acordado otro lugar de entrega con el vendedor, mediante la entrega de la mercancía en ese lugar.
(3) Si la entrega no se efectúa por haber incurrido el cliente en demora de aceptación, este deberá abonar, a pesar de todo, el precio de compra. En estos casos podremos almacenar la mercancía a riesgo y cargo del cliente. Si el cliente así lo desea, aseguraremos la mercancía a su cargo.
(4) El riesgo de daño o pérdida de la mercancía se transfiere al cliente con la entrega de la mercancía en nuestras instalaciones. El transporte de la mercancía se efectuará a riesgo y cuenta del cliente («ex works», Incoterms 2010) o en el momento en que el cliente incurra en demora de aceptación.


6. Responsabilidad por defectos
(1) El cliente debe examinar cada envío inmediatamente después de la entrega para ver si presenta defectos (incluyendo cantidades erróneas o productos incorrectos) y deberá examinar la mercancía en detalle de nuevo antes de su uso para excluir defectos. Los defectos deberán reclamarse por escrito, a más tardar, el tercer día hábil tras la entrega y, tras una nueva inspección, antes del uso, ofreciendo una descripción exacta del defecto. Si, posteriormente, se descubre un defecto que inicialmente o antes del uso no se hubiera detectado, o, si un tercero notifica al cliente un defecto, el cliente deberá notificarnos por escrito el defecto, a más tardar, el tercer día laborable tras haberse detectado el defecto o tras la notificación del defecto por parte de un tercero. Si el cliente no cumple sus obligaciones de inspección y reclamación o no las cumple de manera adecuada, queda excluida nuestra responsabilidad por defectos según el artículo 377, apartados 2 y 3 del HGB.
(2) En caso de reparación del defecto, correremos con los gastos de transporte, desplazamiento, mano de obra y material, a menos que estos se vean incrementados por el hecho de que el artículo adquirido por el cliente haya sido trasladado a un lugar distinto al lugar de cumplimiento de la obligación.
(3) Si se producen al menos tres intentos fallidos para reparar el defecto y si es objetiva o subjetivamente imposible o inaceptable para nosotros, el cliente tiene derecho, a su elección, a solicitar una renuncia o rebaja. No tendrá ningún otro derecho. No es aceptable para nosotros una reparación del defecto por circunstancias desproporcionadas, siempre y cuando el gasto de la reparación del defecto, incluidos los gastos de transporte, desplazamiento y mano de obra, así como los gastos de desmontaje, transformación o montaje, superen un total del 150 % del precio neto de la parte de la entrega afectada por el defecto.
(4) Asumimos la responsabilidad según las disposiciones legales, si el cliente reclama derechos de indemnización basados en dolo o negligencia grave por parte de nuestros representantes o agentes. Si no se nos imputa un incumplimiento doloso del contrato, la responsabilidad de indemnización por daños se limita al daño previsible y típico originado.
(5) Asumimos la responsabilidad según las disposiciones legales si cometemos una infracción culposa de un derecho contractual esencial; en este caso, la responsabilidad de indemnización por daños se limita al daño previsible y típico originado.
(6) Si el cliente tiene derecho a una reparación del perjuicio en lugar del pago, nuestra responsabilidad se limita, también en el sentido del punto (3), a la indemnización por el daño previsible y típico originado.
(7) Esto no afecta a la responsabilidad por poner la vida de una persona en peligro u ocasionarle lesiones o daños para la salud de forma culposa. Lo anterior también se aplica a la responsabilidad obligatoria según la Ley alemana de Responsabilidad de Productos.
(8) Salvo que se estipule otra cosa con respecto a lo anterior, nuestra responsabilidad está excluida.
(9) El plazo de prescripción para las reclamaciones de defectos será de 12 meses a contar desde la transmisión del riesgo.
(10) Esto no afecta al plazo de prescripción en caso de reclamación de la entrega según los artículos 478 y 479 del BGB. Este será de un máximo de cinco años a contar desde la entrega del objeto defectuoso al cliente.


7. Responsabilidad solidaria
(1) Se excluye cualquier otra responsabilidad a percibir una indemnización por daños como se prevé en el punto 6, sin tener en cuenta la naturaleza jurídica de la pretensión hecha valer. Esto se aplica sobre todo a reclamaciones de derechos de indemnización por falta en la celebración del contrato, por otros incumplimientos de las obligaciones o reclamaciones delictivas en compensación de daños materiales según el artículo 823 del BGB.
(2) La limitación, según el punto (1), también es válida si el cliente, en lugar de una indemnización por el daño ocasionado, reclama una compensación por gastos innecesarios en lugar de la prestación.
(3) Siempre que se excluya nuestra responsabilidad de indemnización por daños o esta sea limitada, esto se aplicará también a todo lo relacionado con la responsabilidad de indemnización por daños de nuestros empleados, trabajadores, colaboradores, representantes y agentes.


8. Seguro de reserva de propiedad
(1) El artículo adquirido seguirá siendo de nuestra propiedad hasta que se abonen todos los pagos establecidos en el contrato de entrega. En caso de incumplimiento del contrato por parte del cliente, especialmente por la demora del pago, tendremos derecho a recuperar el artículo adquirido. En caso de recuperación del artículo adquirido por nuestra parte, tendrá lugar una rescisión del contrato. Después de la recuperación del artículo adquirido, estaremos autorizados a su explotación. Las ganancias de esta explotación se descontarán de la deuda del cliente (menos costes de explotación).
(2) El cliente estará obligado a tratar el artículo adquirido de forma cuidadosa. El cliente estará obligado a asegurarlo de valor nuevo de manera adecuada y corriendo con los gastos frente a daños causados por incendio, inundación y robo. En caso de que sea necesario realizar trabajos de mantenimiento e inspección, el cliente deberá efectuarlos a su debido tiempo asumiendo los gastos.
(3) En caso de embargo o de intervenciones de terceros, el cliente deberá notificárnoslo inmediatamente por escrito para poder presentar la demanda correspondiente según el artículo 771 del ZPO (Código Procesal Civil alemán). Si los terceros no pueden asumir los gastos judiciales y extrajudiciales de una demanda según el artículo 771 del ZPO, el cliente deberá hacerse cargo de ellos.
(4) El cliente tiene derecho a vender el artículo adquirido en las operaciones comerciales habituales. Pero, a partir de ese momento, nos cede todas las deudas por el valor del importe de la factura final (IVA incluido) de nuestra deuda que haya obtenido de la reventa de sus clientes o terceros, e independientemente de si ha vendido el artículo adquirido con o sin tratamiento posterior. El cliente está autorizado a cobrar esta deuda también después de la entrega. Nuestra potestad para cobrar la deuda nosotros mismos no varía. Pero nos comprometemos a no cobrar la deuda mientras el cliente cumpla sus obligaciones de pago de los beneficios recaudados, no se demore en los pagos y, sobre todo, no se haya presentado una solicitud para iniciar un procedimiento de insolvencia o conciliación ni exista una suspensión de pagos. En el caso de que sea así, podemos exigir al cliente que nos informe de las deudas transferidas y sus deudores, que nos indique todos los datos necesarios para el cobro, que nos entregue la documentación pertinente y que comunique a los deudores (terceros) la transferencia.
(5) El tratamiento o la transformación del artículo adquirido por el cliente los realizaremos nosotros. Si el artículo adquirido se procesa con otros artículos que no son nuestros, adquiriremos la copropiedad del nuevo artículo en la proporción del valor del nuevo artículo adquirido (importe final de la factura más IVA) con relación a los otros objetos tratados en el momento del tratamiento. Para los artículos generados mediante el tratamiento, se aplicará lo mismo que para el artículo adquirido suministrado sujeto a reserva.
(6) Si el artículo adquirido se mezcla de forma inseparable con otros artículos que no son nuestros, adquiriremos la copropiedad del nuevo artículo en la proporción del valor del nuevo artículo adquirido (importe final de la factura más IVA) con relación a los otros artículos mezclados en el momento de la mezcla. Si la mezcla se produce de tal manera que el artículo del cliente se considere como artículo principal, se aplica, como se ha acordado, que el cliente nos transfiera la copropiedad de forma proporcional. El cliente mantendrá la propiedad única o copropiedad generada para nosotros.
(7) El cliente también nos transferirá las deudas que haya contraído por la vinculación del artículo adquirido con un bien inmueble frente a terceros, a modo de garantía de nuestras deudas frente a él.
(8) A petición del cliente, nos comprometemos a liberar las garantías a las que tengamos derecho, siempre y cuando el valor realizable de nuestras garantías supere la deuda que deba asegurarse en más del 10 %. La elección de las garantías liberables nos compete a nosotros.


9. Juzgados y tribunales competentes: Lugar de cumplimiento
(1) Los juzgados y tribunales competentes son los correspondientes a nuestro domicilio social, sin embargo, tenemos derecho a demandar al cliente en los juzgados y tribunales de su localidad.
(2) Se aplica la legislación de la República Federal de Alemania.
(3) A menos que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, el lugar de cumplimiento es nuestro domicilio social.
Rastede, 18.03.2019


Nuestras condiciones de compra y suministro
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